He aquí uno de los mayores escándalos de la historia reciente de España. Cometido por las Entidades de Crédito, con la complicidad del Gobierno y de los Organismos Reguladores, siendo víctimas más de 500.000 pequeños ahorradores, que han visto como su dinero ha quedado cautivo, en un producto a beneficio de las propias Entidades de Crédito, las participaciones preferentes.

Las participaciones preferentes son un instrumento financiero muy ambiguo, de naturaleza a caballo entre la renta fija y las acciones. Se trata de participaciones que emitieron las Entidades de Crédito con el objeto de captar fondos para financiarse o financiar absorciones y compras de otras entidades.

Estas participaciones son un producto muy complejo, no otorgan derechos de voto ni de participación a su titular, por lo que el mismo no tiene control sobre su inversión, en el caso de que no se obtenga rentabilidad se pierde el derecho a percibir la misma, que cotizan en un mercado secundario y, lo más importante, de carácter perpetuo. Se trata, por tanto, de un instrumento financiero no apto para clientes minoristas, conservadores y de cuenta de ahorro.

El “modus operandi” de las entidades era el siguiente: Se elegía a un cliente con importantes sumas de dinero depositadas en la entidad, fruto del ahorro de muchos años, con un perfil minorista y de escasos conocimientos financieros, a menudo anciano, y se le ofertaba el “producto estrella”, un nuevo producto de alta rentabilidad, con el que podría disponer de su dinero en cualquier momento, es decir, como un depósito, pero mucho mejor. Los clientes fiándose de su banco de toda la vida, firmaban lo que les ponían delante.

Se han propuesto diversas soluciones para que los clientes puedan recuperar su dinero. Por un lado se habla de canjes. Éstos tienen la particularidad de que en ningún caso se va a recuperar el 100% de la inversión y se sustanciarán por acciones ordinarias, las cuales según las fluctuaciones del mercado pueden suponer mayores pérdidas de capital. Por otro lado algunas asociaciones han planteado Demandas colectivas, en estos casos los Tribunales han rechazado la legitimación de las mismas como afectados, ya que no se ha producido un daño común, existiendo particularidades en cada caso, que debe estudiarse por separado.

La vía de solución que está dando mejores resultados es la de plantear Demandas individuales ante los Tribunales. Existen ya multitud de sentencias judiciales a favor de los afectados, reconociendo el engaño y condenando a las Entidades de Crédito a devolver el dinero, declarando el contrato nulo. Las decisiones judiciales se basan en el denominado “error”, es decir los clientes no sabían lo que firmaban, el banco les daba a entender que era una cosa, cuando en realidad era otra muy distinta, que perjudicaba al cliente y beneficiaba a la entidad. Esta es, de momento, la única vía que permite la recuperación del 100% del dinero por el cliente, y mediante la cual se está pudiendo dar solución a este problema que sobrepasa la vertiente económica, para mostrar su cara más social.

Si eres uno de los afectados puedes dirigirte a nosotros a la siguiente dirección despacho@abogadoscosiales.com, la primera consulta es GRATUITA.

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