Muchas veces nos surgen dudas acerca de cuándo nos corresponde el derecho a solicitar la prestación por desempleo, es decir, cuándo tenemos derecho a paro.
Pues bien, este derecho surge cuando se dan una serie de requisitos:
– Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.
– Tener cotizado un periodo mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
– Encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del compromiso de actividad.
– No haber cumplido la edad ordinaria para causar derecho a la pensión de jubilación.
Se debe tener en cuenta que además de cumplir estos requisitos el trabajador debe ser despedido o haber finalizado su contrato, en ningún caso se tendrá derecho a paro cuando el trabajador cause baja voluntaria en la empresa.
Dependiendo del tiempo cotizado la prestación tendrá la siguiente duración:
Período de cotización en los 6 últimos años | Duración de la prestación |
Desde 360 hasta 539 días | 120 días |
Desde 540 hasta 719 días | 180 días |
Desde 720 hasta 899 días | 240 días |
Desde 900 hasta 1.079 días | 300 días |
Desde 1.080 hasta 1.259 días | 360 días |
Desde 1.260 hasta 1.439 días | 420 días |
Desde 1.440 hasta 1.619 días | 480 días |
Desde 1.620 hasta 1.799 días | 540 días |
Desde 1.800 hasta 1.979 días | 600 días |
Desde 1.980 hasta 2.159 días | 660 días |
¿Cómo se calcula la cuantía?
La cuantía a la que el trabajador tiene derecho se calcula sobre la base reguladora que tenga dicho trabajador.
Esta base es el promedio de las bases de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, excluyendo las horas extraordinarias, durante los 6 meses anteriores al despido.
Los primeros seis meses se recibirá el 70% de la base reguladora, disminuyendo esta al 60% a partir del séptimo mes.
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